El Estatuto de Seguridad: ALIENTO Y MAYORES ATRIBUCIONES AL MILITARISMO

El análisis del Estatuto de Seguridad permite comprender cómo sus alcances son esencialmente de carácter político, configurando un eslabón más de la cadena fascista con que se pretende aherrojar al país. Por rebelión establece de ocho a catorce años de prisión, mientras que el Código Penal contempla de seis meses a cuatro años. De acuerdo con la Ley tradicional, aquella tipifica un delito político; sin embargo, la tendencia de la justicia castrense es a juzgar a los militantes revolucionarios por delitos comunes, a fin de desvirtuar sus móviles sociales y aumentar las condenas. El Estatuto de mayor cobertura a esta práctica al definir nuevas modalidades de “asociación para delinquir” y sujetarlas al procedimiento de los consejos verbales de guerra.

En el artículo tercero se dictamina que “los que integran bandas o grupos armados de tres o más personas e invadan o asalten poblaciones, predios, haciendas, carreteras o vías públicas (…) o cometan otros delitos contra la seguridad e integridad colectivas (…) incurrirán en presidio de diez a quince años”, cuando el Código asigna de cinco a catorce. Así, dentro de la ambigüedad y laxitud del Decreto, se involucran nuevas formas de infracción que cobijan métodos de lucha de los campesinos, como las invasiones a las propiedades latifundistas ociosas, o de los habitantes de las capitales y de las poblaciones apartadas, que obstruyen carreteras o vías públicas para llamar la atención acerca de sus reivindicaciones colectivas. A esto se agrega que, en el artículo cuarto, la penalización de “los que en los centros o lugares urbanos causen o participen en perturbaciones del orden público, o alteren el pacífico desarrollo de las actividades sociales”, con cárcel de uno a cinco años (antes la pena máxima era de treinta días). Conociendo la largueza con que las autoridades suelen aplicar los preceptos coactivos sobre las masas populares, la realización de paros cívicos y huelgas, la resistencia a los desalojos colectivos y las manifestaciones, son actos que pueden ocasionar hasta cinco años de condena.

El artículo séptimo representa un flagrante atentado contra el derecho de petición, al imponer “arresto inconmutable hasta por un año, a quien o quienes: a) ocupen transitoriamente lugares públicos o abiertos al público, u oficinas de entidades públicas o privadas, con el fin de presionar una decisión de las autoridades legítimas”. Un mitin, el traslado de una comisión de obreros o campesinos ante un despacho gubernamental para exigir solución a sus problemas, o, en fin, cualquier modalidad de este tipo de lucha de masas, puede considerarse como una grave violación merecedora de la sanción señalada.

Denuncias de Bernal Segura

Ante las protestas que organizaciones y personalidades efectuaron por las torturas a estudiantes, la Cámara de Representantes nombró una comisión de investigación. El representante Álvaro Bernal Segura, del Frente por la Unidad del Pueblo, en declaraciones para Tribuna Roja narró que “la comisión en entrevista de uno por uno de los estudiantes pudo comprobar las torturas a que fueron sometidos: choques eléctricos en los testículos, puntapiés, rastrilleo de ametralladoras y pistolas en el oído, el paseo a la arboleda amenazándolos de muerte, hundimientos en albercas de agua casi hasta perder el conocimiento por asfixia, etc. A las mujeres las ultrajaron y manosearon. La Comisión pudo observar en el cuerpo de los estudiantes las huellas de torturas. En la Modelo vio al señor Carlos Reyes Niño, a quienes prácticamente le amputaron los dedos de la mano, arrancándole las uñas con alicates”.

Atropellos inauditos e interminables
A continuación registramos algunos casos que ilustran sobre el despotismo oficial extendido por toda Colombia:

Septiembre 6: detenidos 37 campesinos y el cura párroco de Villavieja, Huila, en un desalojo de tierras.

Septiembre 13 y 14: tropas aerotransportadas efectúan operativos para allanar caseríos y detener líderes campesinos en regiones del departamento de Sucre; en veredas del municipio de Los Palmitos, golpearon a hombres, mujeres y niños y retuvieron a Iván Salgado. En Sabaneta (Betulia), fue apresado Roberto Aguas; en Corozal, los uniformados se llevaron a ocho militantes del MOIR hasta la Base Naval de Coveñas y a algunos de ellos se les obligó a firmar una constancia, sin fecha, de no haber sido torturados, para luego someterlos a múltiples vejaciones. En Majagual, se ha desatado la persecución contra los concejales del FUP Francisco Cabrera y Bigdonio Ayala.

Septiembre 20: en Tinajas, Natagaima, son desalojados 160 campesinos e indígenas, destrozadas las siembras, incendiados los ranchos y 32 detenidos trasladados a Ibagué.

Septiembre 25: en Medellín fueron asaltadas las carpas de los huelguistas de Incametal y encarceladas innumerables personas entre obreros, esposas e hijos.

Octubre 1: es asesinado Ciro Molano en Río Blanco (Tolima), durante el desalojo de un barrio construido en terrenos abandonados.

Octubre 6: aparece muerto en Bogotá el dirigente del ELN José Martínez Quiroz, con señales de haber sido torturado.

Octubre 9: detenidos en Chinchiná, como se indicó atrás, 13 afiliaos del Sindicato Nacional de Trabajadores Agrícolas, entre ellos el dirigente del MOIR en Caldas, Oscar Gutiérrez.

Octubre 19: es asesinado en Bogotá el diputado de la UNO, Pedro Pablo Bello.

Octubre 27: se perpetran allanamientos en Bogotá y detenciones de decenas de estudiantes en los barrios Quinta Paredes y El Recuerdo. Son torturados.

Octubre 27: el concejal del Frente por la Unidad del Pueblo en Bogotá, Octavio Belalcázar, es capturado en un allanamiento a la sede del MNDP. Decenas de estudiantes en los barrios Quinta Paredes y El Recuerdo son detenidos y torturados.

Noviembre 25: en Casanare, los terratenientes, con la venia de las autoridades, han fortalecido los escuadrones de matones a sueldo (campo – volantes), quienes asaltan en las sabanas, incendian ranchos, arruinan mejoras y cultivos y roban ganado de los campesinos.
A lo anterior hay que agregar la cacería de brujas desatada por las Fuerzas Armadas a raíz de la incursión al Cantón Norte de Bogotá y la sustracción de las armas por parte del llamado M-19. Con este pretexto se ha sumido a Colombia en un ambiente de terror y zozobra. Cualquier persona puede ser sacada violentamente de su casa a altas horas de la noche y conducida, con los ojos vendados, a lugares secretos, para, mediante torturas físicas o morales, conseguir confesiones, conforme a los deseos de los investigadores oficiales. Son las licencias que se otorga el “Estado de derecho” para garantizar el orden y la seguridad de la República neocolonial y semifeudal. Nos volveríamos interminables de pretender ofrecer el informe completo de todos y cada uno de los brutales desmanes y atropellos de las autoridades contra el pueblo. En otras partes de esta edición se informa de más atrocidades del despotismo reinante.