¡ABAJO LA LEY 200!

Por iniciativa de la Procuraduría General de la Nación, y después de un trámite inusitadamente acelerado, se aprobó recientemente la ley 200 de 1995, sancionada en volandas por el ministro delegatario en funciones presidenciales, Horacio Serpa. Mediante tal norma se expide un draconiano Código Disciplinario Único que reemplaza la ley 13 de 1984, los regímenes especiales conquistados por decreto, y amenaza los alcanzados por convención colectiva.

Ésta es la continuación de la alharaca de la moralización que tuvo como episodio previo la aprobación del denominado Estatuto Anticorrupción, un código policivo contra el grueso de los funcionarios públicos, basado en unos indicadores de eficiencia que, sin ser definidos, serán utilizados para juzgarlos y condenarlos, en tanto que a la cúpula del Estado, que se lucra de los grandes negociados con las multinacionales, se la exime de toda culpa.

Todo indica que esta política constituye un mecanismo para amedrentar a los servidores del Estado y sus organizaciones sindicales, y así poder lanzar la oleada de privatizaciones anunciada por el ministro Perry en el Congreso, hace pocos días. Sin duda que el nuevo régimen disciplinario reconfirma el carácter antipopular del actual gobierno y forma parte de la ofensiva general contra el movimiento sindical, encaminada a empujar hacia abajo los salarios y arrebatarle sus derechos.

La represión, arma dilecta del gobierno
La expedición de esta ley corrobora el anunciado de que aplicación del modelo neoliberal requiere de instrumentos abiertamente represivos y arbitrarios, que recaerán sobre todos los funcionarios públicos. Se desmejoran así las condiciones de permanencia en el trabajo, al colocar en entredicho los regímenes disciplinarios especiales y establecer una interminable lista de deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades, digna de las épocas del fascismo. Sus aspectos generales más lesivos son:

• Eleva a los procuradores y personeros a la categoría de jueces de los trabajadores estatales, violentando el debido proceso.

• Incrementa las sanciones en forma desproporcionada, de manera que las multas pueden ser hasta de noventa días de salario; el jefe inmediato puede imponer multas hasta por diez días y la suspensión provisional sube al tope de tres meses.

• Atenta contra los regímenes especiales que los trabajadores han conquistado tras largos años de lucha, incluso los alcanzados mediante convención colectiva.

• Establece un cúmulo de prohibiciones y deberes que apuntan principalmente a limitar la acción sindical, pues no se puede ocupar indebidamente oficinas o edificios públicos, ni propiciar, organizar o participar en paros, suspensión del trabajo o disminución de su ritmo.

• Institucionaliza la persecución política para aquellos que muestren intereses partidistas no gobiernistas y, de paso, se les cercena el derecho a los trabajadores oficiales a ser elegidos a asambleas y concejos.

• Elimina las diferencias que en materia de proceso disciplinario existen entre los trabajadores oficiales y los empleados públicos, a los cuales cobija indiscriminadamente.

• Anula la acción de defensa del asalariado, que se adelantaba por medio de las Comisiones de Personal, una de las escasísimas prerrogativas con las que todavía contaban los funcionarios del Estado.

• Debilita la acción de los sindicatos mediante la anulación del artículo 13 del citado decreto 482, que contemplaba la asesoría del sindicato en los procesos disciplinarios, ahora reemplazada por la asistencia de un abogado, si el encausado tiene con que cubrir los gastos correspondientes.

• Se anula el derecho de huelga en los llamados servicios esenciales, con la obligación de delatar a quien participe en esas actividades, so pena de incurrirse en falta disciplinaria.

Los más afectados

Es indudable que uno de los sectores más perjudicados es el magisterio colombiano, cuyo régimen disciplinario, consagrado en el Estatuto Docente, es derogado después de treinta años de intensas batallas por alcanzar estabilidad y garantías para la promoción. En primer lugar, las sanciones y destituciones quedan en manos de los alcaldes y gobernadores, en contravía de lo alcanzado con la creación de las Juntas de Escalafón. Los derechos y deberes de los educadores son reemplazados por un catálogo de derechos generales y prohibiciones a los que se suman los contemplados en el mencionado Estatuto Anticorrupción.

De igual manera son seriamente afectados los trabajadores de Telecom, Caja Agraria, Ecopetrol y demás entidades que pactaron regímenes disciplinarios especiales, cuya vigencia está en duda por el articulado de esta norma que, por su naturaleza, según algunos altos ejecutivos del Estado, tiene prelación sobre las convenciones colectivas.

Llama la atención que precisamente se expida pocos días después de que el gobierno actual anunciara la realización de un programa de privatizaciones más profundo y antinacional que el de su antecesor, que contempla la mayoría de las instituciones cuyos trabajadores son cobijados por este nuevo atentado contra los intereses obreros y populares.

Llamamiento al sindicalismo estatal
La gravedad de las circunstancias, materializada en la ofensiva privatizadora y la aprobación de la ley 200 de 1995, hace necesario estrechar los lazos de unidad de acción de todos los trabajadores del Estado, para adelantar las acciones jurídicas, legislativas y de movilización necesarias para detener esta nueva agresión del gobierno, que atiende los requerimientos del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

Confederación General de Trabajadores Democráticos, CGTD.
Unión de Trabajadores del Estado, Utradec.
Sindicato de Trabajadores de Telecom, Sittelecom.
Sindicato Nacional de la Salud y la Seguridad Social, Sindess.
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Caja Agraria, Sintracreditario.
Asociación Colombiana de Empleados Bancarios, ACEB.
Asociación Médica Sindical, Asmedas.
Sindicato Nacional de Empleados del SENA, Sindesena.
Sindicato de Trabajadores del ICBF, Sinbienestar.
Sindicato de Trabajadores de las Gobernaciones Departamentales.