Por Edgar Piñeros
La legislación de efectos extraterritoriales que le ha venido imponiendo Estados Unidos a la comunidad de naciones, ha conseguido avivar la indignación de los pueblos y echar leña al fuego en la disputa entre la Unión Europea, Japón y la superpotencia norteamericana por un nuevo reparto de zonas de influencia.
Promulgada en marzo de 1996, con la ley Helms-Burton se presiona el cambio del régimen cubano y, además, la devolución a sus antiguos propietarios, cubanos exiliados o estadounidenses, de las empresas que fueron nacionalizadas por la revolución. La Ley para la Libertad de Cuba y la Solidaridad Democrática (Cuban Liberty and Democratic Solidarity Act), como se denomina oficialmente el estatuto, permite indemnizaciones hasta por tres veces el valor original de los bienes expropiados, o la conversión de éstos en inversión, como forma para allanar la penetración de las empresas gringas en la Isla. Clinton firmó el instrumento, no obstante que los fallos de la Suprema Corte y de Tribunales de su país habían reconocido la legitimidad del título adquirido por Cuba mediante las nacionalizaciones decretadas a partir de 1959.
El gobierno de La Habana, como medida para neutralizar el ucase, expidió en diciembre de 1996 una ley en la cual se consideran ilícitas y sin ningún efecto jurídico las disposiciones de la Helms-Burton y declara sin ningún valor toda reclamación que se haga al amparo de ella. El ordenamiento cubano, á su vez, abre las puertas para la negociación con Estados Unidos sobre este asunto, siempre y cuando se haga sobre las bases de igualdad y respeto mutuos, de modo que las indemnizaciones demandadas por la nacionalización de bienes de norteamericanos tendrían que ser examinadas conjuntamente con las indemnizaciones a que el Estado y el pueblo cubanos tienen derecho por razón de los daños y perjuicios causados por el bloqueo y las agresiones de Washington. Como se sabe, el asedio imperialista ocasiona a la Isla, entre otros, sacrificios en la consecución de medicinas, alimentos básicos y tecnología, y le crea enormes dificultades en su comercio con el extranjero.
En las Naciones Unidas, una abrumadora mayoría de países se ha pronunciado en franco apoyo a la Resolución 50/10 del 2 de diciembre de 1995, que consagra la «necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba». La legislación de fuerza que pretende aplicar la Casa Blanca fue rechazada en la ONU por ser contraria a la soberanía de las naciones, a la no intervención en los asuntos internos de otros Estados y porque socava el derecho de éstos a adoptar libremente el régimen de propiedad de los bienes que existan dentro de su territorio.
México, algunas de cuyas empresas ya han sido afectadas por la Ley, envió una nota diplomática al gobierno de Clinton en la que señala como desafueros las prácticas que aprueba la Helms-Burton, puesto que van más allá de los tratados firmados con la gran potencia y crean conflictos de jurisdicción entre las naciones. Canadá declaró que dará seguridades a sus compañías para continuar operando en la república caribeña, donde tienen inversiones del orden de los 500 millones de dólares en carbón y níquel. «Estados Unidos no nos tiene que decir con quiénes debemos comerciar o no», han dicho sus autoridades. Los representantes de ambos Estados le reclamaron a la Casa Blanca su violación al Tratado de Libre Comercio y a los acuerdos de la Organización Mundial de Comercio, que la misma potencia hizo sancionar.
La disensión con la Unión Europea seguirá levantando tempestades, habida cuenta de que este bloque es el mayor inversionista en Cuba, pero tiene en Estados Unidos su principal campo comercial. En 1994, por ejemplo, la Isla importó 37% de sus bienes desde el Viejo Continente y exportó hacia allá 27% de sus productos, la mayoría de los cuales como alimentos, minerales y materias primas, tienen tratamiento preferencial.
La Casa Blanca ha hecho «listas negras» y ha requerido a algunas firmas de origen europeo que tienen negocios en territorio cubano con la amenaza de sancionarlos.
Como respuesta, la Unión Europea expidió un reglamento que rechaza cualquier sentencia apoyada en aquellas normas, exhorta al incumplimiento de las mismas y reconoce el derecho a demandara empresas gringas para compensarlos perjuicios causados a personas o sociedades pertenecientes a la alianza.
Además emplazó a Estados Unidos ante la Organización Mundial del Comercio para zanjar la pugna.
No obstante, Europa también constriñe a Cuba en sus designios de afianzar su mercado e imponerle más apertura. Con esta finalidad, en diciembre del año pasado el bloque de Los Quince adoptó criterios de política exterior y de seguridad respecto del país latinoamericano, haciéndole exigencias que las autoridades cubanas consideran inadmisibles.
El Japón, que ha tenido que levantar sus barreras a algunos productos norteamericanos, y que se abstuvo de condenar a Estados Unidos en la ONU, se vio obligado a hacer pública su inconformidad con las órdenes de alcance extraterritorial proferidas por su gran rival, como la Helms-Burton y la Ley de Comercio 301 de 1974, con la cual Washington se arroga el derecho a sancionar comercialmente a cualquier país del globo. El gobierno nipón dice que semejantes disposiciones amenazan el funcionamiento de la Organización Mundial del Comercio.
Tal como lo han denunciado los representantes cubanos en los foros internacionales, mediante la Ley Helms-Burton Estados Unidos pretende abrogar la soberanía de su pueblo y forzar una alianza internacional para hacer de la patria de Martí una neocolonia más del imperio.
Por ello el arma esgrimida nos hace prever que el bloqueo y la extorsión serán utilizados por Washington con más frecuencia para afianzar su hegemonía en todos los rincones del planeta.
Lo cual traerá inevitablemente la encendida resistencia de los oprimidos.